Jueces y magistrados tendrán pensiones complementarias tras jubilación en Edomex
Toluca, Estado de México.- Los jueces y magistrados del Estado de México, como parte del Poder Judicial de la Federación (PJF), gozarán de una pensión complementaria a la del ISSSTE, que busca garantizar el bienestar tras el retiro, ya sea por jubilación anticipada, prejubilación o jubilación forzosa.
El acuerdo emitido por el Diario Oficial de la Federación (DOF), establece que los jueces y magistrados que hayan desempeñado cargos administrativos o jurisdiccionales en cualquier instancia del PJF puedan solicitar la jubilación anticipada a los 55 años de edad o menos, siempre que hayan laborado desde 25 años y hasta 35 años en el mismo, con lo cual obtendrán 45 por ciento de pensión complementaria.
La pensión complementaria no será inferior al 25, ni mayor al 80 por ciento del salario neto de un juez o magistrado activo, lo que garantiza que, incluso si las condiciones no permiten acceder al máximo porcentaje, los beneficiarios recibirán una pensión mínima que cubra al menos un cuarto de su salario.
Por ejemplo, un juez de distrito, cuyo sueldo mensual tabular neto es de 139 mil 210 pesos, podría acceder a una pensión mensual de hasta 111 mil 368 pesos, mientras que un magistrado, con un sueldo mensual de 152 mil 531 pesos, podría recibir hasta 122 mil 25 pesos al momento de su jubilación.
Además, los jueces y magistrados del Estado de México tienen la posibilidad de optar por una jubilación anticipada. Este retiro anticipado les permite acceder a la pensión complementaria, que, como se menciona anteriormente, podría alcanzar hasta el 80 por ciento de su sueldo.
En el caso de la jubilación forzosa, que ocurre a los 75 años, los jueces y magistrados se verán obligados a retirarse, pero igualmente tendrán derecho a la pensión complementaria, cuyo monto se ajusta a lo estipulado en la normativa vigente.
Los porcentajes que corresponden a cada magistrado o juez quedaron definidos en una tabla, y por ello quedó reformado el artículo 73 del acuerdo general del pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las condiciones generales de trabajo para magistrados y jueces.
Para el caso de una renuncia voluntaria, los jueces y magistrados perderían el derecho a recibir una pensión complementaria, ya que no cumplirían con los requisitos de edad o años de servicio establecidos para acceder a los beneficios.
Además, se verían afectados otros beneficios asociados a la jubilación, como el seguro de vida institucional, el seguro colectivo de retiro y el sistema de ahorro para el retiro (SAR), los cuales también están sujetos a la permanencia en el cargo.
Por lo tanto, aquellos que decidan renunciar antes de cumplir con los requisitos establecidos perderían estas prestaciones, lo que podría motivar a algunos a reconsiderar su decisión si aún desean disfrutar de los beneficios de su pensión complementaria.
Antes de este acuerdo, los jueces y magistrados podían jubilarse anticipadamente a los 65 años con 25 años de servicio y recibir una compensación del 45 por ciento de su salario. Si llegaban a 35 años de servicio, la compensación ascendía al 80 por ciento.
Además, se contemplaba la jubilación forzosa a los 75 años, con una pensión del 80 por ciento de su salario bruto, independientemente de sus funciones en el Poder Judicial. Sin embargo, este plan excluye a otros sectores del Poder Judicial, como el personal administrativo y beneficia a altos funcionarios.
En palabras de Jesús George Zamora, consejero jurídico del Gobierno del Estado de México, el Poder Judicial del Estado de México, el más grande del país con aproximadamente 440 jueces, tendrá alrededor de 146 plazas vacantes, ya sea por jubilación o terminación de contrato en junio de 2025.
Con relación a lo anterior, el consejero indicó que el proceso electoral local podría comenzar a partir de la primera semana de febrero de 2025.
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